“El Espíritu
Santo que bajó del cielo, guarda y santifica a la Iglesia y a sus
pastores, viene en ayuda de los que están inmersos en la borrasca, ilumina a
los que yerran, ayuda a los que luchan y corona a los vencedores.” (San
Cirilo de Jerusalén en su catequesis)
Esto siempre
ha sido aceptado pero ahora lo que siempre se ha creído es calumniado,
negado, rechazado y burlado. Así que, por desgracia, pocos católicos
todavía creen que la Iglesia Católica no puede fallar, porque está
permanentemente asistida por el Espíritu Santo. Para muchos, esta
verdad ¡cae en el idealismo, es un dulce sueño, una ilusión! Los obispos
de la Fraternidad San Pío X tienen escrito lo siguiente – ¡horror! – en
una carta pública de 2004: “la Iglesia Católica ya no es el faro de
la verdad que ilumina los corazones y disipa el error, sino que ha
hundido a la humanidad en la niebla de la indiferencia religiosa,
para caer más tarde en la oscuridad de la apostasía silenciosa... la Iglesia
Católica volverá a ver la luz de la verdad y al puerto de la
salvación...” (Sobre el Ecumenismo, Apostasía Silenciosa – 25 años del
pontificado Menzingen 2004.).
¡NO! La
Iglesia Católica siempre ha sido y será siempre el faro de la
Verdad! El Magisterio de la Iglesia es muy claro en esto: la Iglesia
es la columna de la verdad .
Yendo un
poco más en esta idea de la infalibilidad, es preciso saber que los
teólogos, con base en el Magisterio, distinguen
infalibilidad “positiva” e infalibilidad “negativa”.
1 infalibilidad
“positiva” (o absoluta): da el poder de tomar decisiones
dogmáticas o morales obligatorias a todos los cristianos. (=
Magisterio extraordinario del Papa);
2 infalibilidad
“negativa”: consiste en la permanente divina asistencia que protege a
la Iglesia del error [y las herejías]: se llama infalibilidad negativa.
El Papa, que
goza de la misma infalibilidad que la Iglesia (cf. Pastor Aeternus )
está divinamente asistido por la ayuda de una prudencia infalible
(infalibilidad negativa), en el ejercicio de su enseñanza y en la promulgación
de leyes y disposiciones legales y litúrgicas [N. aunque pueden ser mejorables
e incluso pueden empeorar las precedentes, pero siempre sin caer en el error
contra la Fe y la herejía] para uso universal: Esta es la doctrina del
Concilio de Trento, Pío VI y Gregorio XVI y ha sido aceptada unánimamente por
los teólogos moralistas y canonistas, pero fervientemente negada por muchos
“tradis” [FSSPX] haciéndose voceros del Sínodo de Pistoia condenado en 1787!
Este concepto de la infalibilidad
positiva (también llamada asistencia infalible absoluta) y de la infalibilidad
negativa (también llamada infalibilidad y asistencia prudencial infalible) no
es de ninguna manera una invención, sino que deriva de la doctrina
católica. Muchos teólogos lo han demostrado incluyendo a Tomás de Aquino,
Juan de Santo Tomás, Franzelin, Journet, Pegues etc.
Si usted se
niega a creer en la infalibilidad (infalibilidad negativa) de la Iglesia y del
Papa, se equivoca seriamente porque es teológicamente cierto (si no
es de fe) que la Iglesia universal, en su cabeza visible, no puede
errar (Santo Tomás de Aquino en su Summa Theologica, Parte III, q. 25).
En varias
encíclicas de los Papas se enseña que la Iglesia es:
1. “Columna
y baluarte de la verdad que recibe clara y constantemente la enseñanza
del Espíritu Santo en toda la verdad” (Gregorio XVI, Quo graviora);
2. “Se rige
por el Espíritu de Dios” (Pío VI, Constitución Auctorem fidei) y goza
“todos los días de la asistencia del Hijo de Dios” (Constitución
dogmática Dei Filius, Vaticano I);
3. fue
dotada por Jesús Cristo de un “magisterio vivo, auténtico y, además,
perpetuo, que reviste de su propia autoridad, otorgado por el Espíritu de la
verdad...” (León XIII, encíclica Satis cognitum)
4. “sólo la
Esposa de Cristo es la fiel guardiana e intérprete infalible del depósito
sagrado” (Pío XII, a los profesores y estudiantes del Angelicum).
Consiguientemente, la Iglesia no puede errar, esto es
absolutamente obvio!
Es
un grave error el que se reduzcan las verdades que los fieles están
obligados a guardar a sólo aquellas verdades propuestas con la máxima
solemnidad.
“Afirmar que
los fieles están obligados a creer sólo las verdades que han sido objeto de una
definición solemne de la Iglesia, daría lugar a que antes del Concilio de
Nicea no habría obligación de creer en la divinidad del Verbo; o en la
presencia real de Jesucristo en la Sagrada Eucaristía, antes de la condena de
Beranger” (RPM Liberatore, SJ, El Derecho Público de la
Iglesia , ed. Retaux-Bray, París, 1888).
Pero, por
desgracia “hay quienes, por ignorancia o malicia, afirman que el
Magisterio de la Iglesia es infalible al definir el dogma revelado por Dios,
pero dicen que la Iglesia cumple este magisterio sólo cuando, por un juicio
solemne, define un punto de la fe o la moral, bien en los Concilios o en los
decretos papales. Estas declaraciones son absolutamente contrarias a la
verdad” (RPM Liberatore).
No podemos
decir “yo creo” si no creemos lo que enseña la
Iglesia. Pero la Iglesia enseña infaliblemente que “el Espíritu
Santo, el Espíritu de la Verdad permanece todos los días en la
Iglesia” (Obispo d’Avanzo, ponente de la Diputación de la Fe en el
Vaticano I) en consecuencia, “la herejía no puede mancillar al que está
sentado en la silla de Pedro, porque es el Espíritu Santo el que enseña
por su boca” (San León I, papa, Sermón 98).
Esta verdad
no es nueva porque tiene como base las promesas divinas de nuestro Señor, que
se ha comprometido a asistir a su iglesia por el Espíritu Santo, todos los
días, hasta el fin del mundo: “Recibiréis
la fuerza del Espíritu Santo, que vendrá sobre vosotros” (Acto I,
8) . “Si me amáis, guardaréis mis mandamientos. Y yo rogaré al Padre,
y os dará otro Consolador, para que esté con vosotros para siempre, el Espíritu
de verdad” (Juan XIV, 15-17). “Pero el Consolador, a quien el Padre
enviará en mi nombre, él os enseñará todas las cosas y os recordará todo lo que
yo os he dicho” (Juan XIV, 26). “Aún tengo muchas cosas que deciros,
pero ahora no las podéis sobrellevar. Cuando venga el Espíritu de verdad, él os
guiará hasta la verdad plena” (Juan XVI, 12-13). “El Espíritu Santo
os enseñará entonces lo que habéis de decir (Lucas XII, 12).
En Canon
Law Dictionary (de Dublanchy), leemos esta verdad de fe: “En cuanto al
magisterio establecida por Jesucristo en su Iglesia, es evidente que la
infalibilidad que se le otorgó divinamente, no es una simple infalibilidad de
hecho, incluso llevado a perpetuidad, es una infalibilidad de
derecho en virtud de la cual la autoridad magisterial de
la Iglesia es preservada del error, por la ayuda sobrenatural que recibe
del Espíritu Santo” (IV, col. 2175).